SI NO TIENES ACCESO AL REAL ID, HAY OTRAS CREDENCIALES QUE ACEPTAN EN AEROPUERTOS
El “Real ID Act” obligará, a partir del 22 de enero de 2018, a cualquier ciudadano en territorio estadounidense tener una credencial válida por la Federación para viajar en los Estados Unidos.
Debido a que no todos los estados han unificado la licencia de conducir para que sea válida, hay otras opciones para aquellas personas que no tenga ese documento.
La Administración de Seguridad en el Transporte (TSA, en inglés) tiene una lista de los documentos que los pasajeros adultos de 18 años o más deben presentar en el punto de control del aeropuerto para viajar.
En el caso de los inmigrantes, hay dos que pueden aplicar:
“Green card” o tarjeta de residencia oficial.
Pasaporte vigente de su país.
Para ciudadanos estadounidenses de origen o nacionalizados, algunas de las siguienes opciones son viables, aunque algunos casos son muy especializadas:
Pasaporte estadounidense.
Credencial-pasaporte estadounidense.
Credenciales de viajero de confianza de DHS (Global Entry, NEXUS, SENTRI, FAST).
Identificación militar de los Estados Unidos (militares en servicio activo o jubilados y sus dependientes y civiles del Departamento de Defensa).
Credencial de cruce fronterizo.
Licencia de conducir mejorada designada por el DHS.
Identificación de foto de identificación tribal emitida por el gobierno federal.
Tarjeta HSPD-12 PIV.
Licencia de conducir provincial canadiense o credencial de los asuntos indios y del norte de Canadá.
Credencial de identificación del trabajador del transporte.
Credencial de Autorización de Empleo de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (I-766).
Credencial de Marino Mercante de los Estados Unidos.
El TSA podría modificar la anterior lista sobre los documentos de control aceptables, aunque en el caso de los extranjeros e inmigrantes, si tienen pasaporte válido, aceptado para ingresar a EEUU, servirá para viajes domésticos.
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Fuente:La Opinion